El honor se tributa a una persona como prueba del bien que hay en ella
Tomás de Aquino
01/09/1967

Giangastone Bolla

Giangastone Bolla
Fecha acuerdo: 
02/05/1966
Rector: 
Juan Cabrera Felipe
Semblanza: 

La figura científica del profesor Bolla (1 abril 1882-2 junio 1971) en el campo del Derecho Agrario ocupa la parte más extensa del siglo XX, no sólo en su país, sino en toda Europa e, incluso, en todo el mundo jurídico occidental. Su obra se refleja simbólicamente en la Rivista del Diritto Agrario (RDA), que fundó en 1922, y que ha servido de foro doctrinal, entre otras cosas, para un debate en torno a la elaboración de un autónomo Derecho Agrario, así como de inspiración sucesiva de iniciativas de amplio calado con importante repercusión fuera de las fronteras italianas. A título de ejemplo cabe recordar que la actual generación de ilustres agraristas españoles (Bailarín, Sanz Jaique, de los Mozos, Luna etc.) se profesa, en alguna manera, discípula del maestro italiano. Desemboque casi lógico de aquella revista puede igualmente considerarse el Instituto de Derecho Agrario Internacional y Comparado (IDAIC) de Florencia, creado en 1956, que ha visibilizado en buena medida los abundantes frutos derivados de aquélla.

Desde su juventud Bolla tuvo la intuición de que el mundo agrario y lo que representa no tenía un puesto adecuado en el ordenamiento jurídico de su país (básicamente, el Codice civile de 1865, de inspiración napoleónica, y algunas inconexas normas administrativas). Así lo plasmó en el curso profesado en el año académico 1910-1911, en el Instituto Superior Forestal de Vallombrosa, valiéndose de la inspiración administrativista del profesor Luigi Luzzatti. Contemporáneamente desciende a la práctica de la vida real agraria y contribuye a crear la Banca de Crédito Agrícola. En 1921 publica Del sistema ipotecario in rapporto al credito fondiario per l'agricoltura (Firenze 1921) insistiendo en las mismas ideas.

En 1922 nace la RDA y en su Programma esboza las sucesivas fases que esta nueva rama del derecho ha de recorrer para ser reconocida como disciplina autónoma. Como expresa Romagnoli (Giangastone Bolla, la sua opera, la sua Rivista en el vol. celebrativo del Cincuentenario de la RDA y conmemorativo de su fundador, Firenze 1972, p. 7), se inicia un largo y fecundo coloquio entre cultivadores de la materia e insignes privatistas, publicistas, procesalistas, filósofos e históricos del derecho, y economistas de todos los países, que ha llegado a nuestros días. Asoció generosamente en la dirección a especialistas de otras materias como Luzzatti, Fadda, Polacco, Brugi, Trifone, Lessona). En 1928 la revista debate el punto crucial de la autonomía del Derecho Agrario, con intervención de Arcangeli, Brugi, Scialoia, Manfredi, Zanobini. En 1934 se materializa una iniciativa de Bolla, acariciada desde hacía muchos años, a saber la creación del Archivio Giuridico Vittorio Scialoia destinado a recoger las costumbres jurídicas agrarias y las tradiciones populares italianas; durante nueve años este centro de investigación recogió un ingente material relacionada con las fuentes jurídicas del Derecho Agrario. Se ha dicho de este Archivio -que respondía a una antigua preocupación de su promotor (Bolla La raccolta nazionale delle consuetudine agrarie, en Atti della Reale Accademia dei Georgofili, 1924)- que representaba algo más que un simple palestra de erudición y de una divagación humanística que constituye casi la huida de la severidad de los estudios jurídicos hacia otras disciplinas, ya que coloca la investigación histórica junto a la comparatística sin olvidar la valoración del contexto económico social en que la norma actúa; tal Archivio viene a ser un nueva toma de posición metodológica (así Romagnoli loc. cit. p. 12 s.).

Mérito fundamental de Bolla es haber promovido, en su calidad de director de la RDA, tres Congresos Nacionales de Derecho Agrario y el. Primer Congreso Internacional de la materia. En 1935 se celebra el primero de aquéllos, desempeñando él mismo las funciones de secretario general, con tal éxito de asistentes que confirmaron la adultez que la asignatura había alcanzado ya en Italia, y vinieron a demostrar las fundamentales ponencias de Maroi, Ascaret Finzi y Azara. Lugar destacado alcanzó la Ponencia del propio Bolla Il fondo nei suoi aspetti giuridici, que se ha convertido en emblemático de su concepción sobre el Derecho Agrario, y de consulta obligada para quien desea imponerse en la asignatura. Un acuerdo del Congreso fue la creación del Observatorio italiano de Derecho Agrario (OIDA), materializado por un RD de 1936. En 1938 tiene lugar el Segundo Congreso Nacional de Derecho Agrario, impulsado por Bolla desde el OIDA, centrado en tomo a la propiedad y los derechos reales sobre la finca rústica, con intervenciones de Vasalli, Bassanelli, Santoro-Passarelli, Cicu, Calamandrei, Germani, Moschella, Maroi etc. Después del paréntesis bélico, la revista promueve una encuesta nacional sobre la propiedad inmobiliaria en la Constitución italiana que se está discutiendo, con participación de Bataglia, Grosso, Mortati, Carresi, Rossi, Trifone, Vanzetti, Esposito, Zaccaro. El Tercer Congreso Nacional, promovido, entre otros organismos, por el OIDA, se reúne en 1952, y sus Atti publicadas en 1954 muestran ponencias importantes, entre otras, sobre la propiedad rústica, de Bolla, Mortati y Pugliatti; sobre las fuentes del Derecho agrario, debidas a Maroi y Orlando-Cascio; sobre los aspectos procesales de Andreoli; sobre la empresa agraria, deMoschella y Rossi; sobre el crédito agrario, de Bolla y Senin; sobre la estructura y función del contrato agrario, de Bassanelli; y sobre la propiedad y el trabajo en agricultura, de Santoro-Passarelli. A la vista del nivel científico logrado cabe concluir que el tenaz trabajo desarrollado por Bolla en los años centrales del siglo XX han madurado en la existencia de una nutrida nómina de agraristas. Ello quedará patente dentro y fuera de Italia con la convocatoria del Primer Congreso Internacional de Derecho Agrario, celebrado en Firenze del 28 de marzo al 2 de abril de 1954. Los 36 países participantes formularon el voto de que el profesor Bolla, en colaboración con otros organismos (por primera vez aparecen entre ellos la FAO y la OECE), y con los asistentes al Congreso, preparen la creación de un instituto especializado, para lo cual se organizó en la Universidad de Florencia un Encuentro de Estudios (cfr. Dopo il primo Convegno internazionale di diritto agrario: valutazioni e prospettive in un incontro di giuristi italiani,Milano 1958). Aquel congreso significó la consagración internacional de Bolla pues le permitieron mantener relaciones permanentes con los mejores agraristas del mundo occidental (Voirin, Savaijer, de Juglart, Ourliac, Molitor, Wieacker, Hedemann, Baur, Aksenionok; y, entre los españoles, Ballarín y Luna Serrano). A partir de 1957, fecha de la creación del Instituto florentino, cabía decir que la maquinaria agrarista, bajo la invisible batuta de Bolla, centrada en Florencia, se ha extendido por la Universidad italiana con la dotación de cátedras de Derecho Agrario en todas las Facultades de Derecho, y también al resto de Europa y de toda América. Entre nosotros, el Congreso Internacional de Derecho Agrario celebrado en 1956 en la facultad cesaraugustana, debió en buena parte su realización al impulso del Instituto de Florencia. Ello justifica sobradamente la concesión del doctorado honoris causa.     

Autor semblanza: 

Gabriel García Cantero